La Consejería de Educación del Gobierno de Canarias limitará el uso de los teléfonos móviles y otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil en los centros educativos públicos no universitarios del Archipiélago. Así se recoge en una resolución que se publicará en las próximas horas con las instrucciones diseñadas por el Departamento que dirige Poli Suárez para crear en las Islas un “marco regulatorio básico común” en esta materia.
La limitación afectará principalmente a las etapas de infantil y educación obligatoria (primaria, secundaria obligatoria y FP básica) y lo hará durante toda la jornada escolar, es decir, durante los horarios de docencia directa, custodia anterior y posterior a aquella, descansos y recreos, actividades y servicios complementarios, así como en los de las actividades extraescolares.
Por su parte, los centros privados y sostenidos con fondos públicos (concertados) podrán adaptar la medida a su organización, en consideración a la legislación específica que los regula y a la propia autonomía de los centros.
“Es una decisión que adoptamos de manera consensuada tras recabar las opiniones de todas las partes implicadas y palpar el sentir de la comunidad educativa de Canarias, que lleva tiempo reclamando la regulación y unas pautas sobre el uso de estos dispositivos unificadas para todos los centros”, expresó Poli Suárez en rueda de prensa.
“Se trata de proteger al alumnado y evitarles posibles interferencias y distracciones que puedan afectar a su desarrollo académico; a la vez que de poner en valor la figura docente y el respeto a profesorado y compañeros dentro de las aulas ante el posible uso inadecuado de los teléfonos móviles”, concluyó el consejero.
Este anuncio se produce en medio del debate social que en los últimos tiempos ha suscitado la cuestión y tras la solicitud de un informe por parte del propio consejero al Consejo Escolar de Canarias, el pasado mes de noviembre, para conocer la posición de este órgano consultivo que engloba a profesorado, familias, alumnado y sindicatos, entre otros sectores de la comunidad educativa.
Paralelamente, desde la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes se promoverá la formación sobre el uso seguro y responsable de internet, dispositivos móviles y redes sociales dirigida a toda la comunidad educativa.
Según las instrucciones anunciadas por la Consejería, en infantil y educación obligatoria, no estará permitido con carácter general el uso de teléfonos móviles ni de otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil. No obstante, de manera excepcional en educación secundaria y FP básica, siguiendo los criterios pedagógicos aprobados por el Claustro y con la aprobación del Consejo Escolar, los centros educativos que impartan estas enseñanzas podrán acordar su uso como herramientas de aprendizaje, con fines exclusivamente didácticos.
En estos casos, además, equipo directivo, Claustro y Consejo Escolar garantizarán que esta decisión no suponga un agravio comparativo para el alumnado que no disponga de dispositivo o cuya familia decida no hacer uso de él, proporcionando el centro los dispositivos necesarios para las tareas que requieran su utilización.
Igualmente, podrá autorizarse en todas las etapas el uso por razones excepcionales y de necesidad atendiendo a circunstancias personales de carácter médico acreditadas ante la dirección del centro por los representantes legales del alumnado o por el alumnado mayor de edad.
Más autonomía para otras enseñanzas
En el marco de la educación secundaria postobligatoria, la educación superior no universitaria y las enseñanzas de régimen especial, serán los centros educativos los que, en función de su autonomía pedagógica y organizativa y atendiendo a las edades y madurez del alumnado, podrán establecer limitaciones al uso de móviles y otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil en sus normas de organización y funcionamiento.
En cualquier caso, ante el incumplimiento por parte del alumnado de las normas adoptadas, los propios centros podrán acordar medidas correctoras, con carácter recuperador y educativo, y garantizando el respeto a los derechos del alumnado.
Entre dichas medidas podrá contemplarse incluso la retirada temporal del dispositivo, solicitando al alumno o alumna que lo apague en el momento de la retirada, y custodiándolo el centro hasta el término de la jornada escolar, cuando será devuelto al estudiante mayor de edad o entregado a sus representantes legales en caso de ser menor/tutelado.